El Plan General de Ordenación Urbana de Castelldefels ordena urbanísticamente el territorio integrado en la Entidad Municipal Metropolitana de Barcelona. Su artículo 1 fija el objeto y el ámbito territorial del plan y explica que estas Normas, junto con los demás documentos exigidos por la Ley del suelo, integran el Plan General (artículo 1). Para una parcela concreta, la consulta no empieza por una cifra aislada. Primero hay que localizar la zona en el plano de zonificación y después acudir a la ordenanza que desarrolla ese código. A partir de ahí se comprueban usos, edificabilidad, altura, ocupación, retranqueos, aparcamiento y posibles protecciones.
¿Qué es el Plan General de Ordenación Urbana de Castelldefels?
Las Normas Urbanísticas del PGOU son el documento que convierte la ordenación territorial en reglas de aplicación sobre el suelo. No funcionan como una única tabla de parámetros válida para todo el municipio. El régimen cambia según la clasificación del suelo, la calificación zonal y el tipo de ordenación que corresponda a cada ámbito. El artículo 69 enumera los tipos de ordenación de la edificación (según alineaciones de vial, aislada, volumetría específica y tridimensional) y el artículo 72 remite a las normas de cada zona para saber cuál se aplica (artículo 69, artículo 72).
El Plan también remite a ordenanzas metropolitanas y municipales. Su disposición adicional primera prevé que los aspectos constructivos, técnicos, sanitarios y de seguridad no previstos en el PGOU se regulen por las Ordenanzas Metropolitanas y que, mientras no se aprueben, rijan las ordenanzas municipales del municipio o, si no las hay, las de Barcelona (disposición adicional primera).
¿Qué regula el PGOU de Castelldefels?
El Título I establece el ámbito y las reglas generales del Plan. El artículo 3 trata las circunstancias justificativas de la revisión y el artículo 4 la modificación (artículo 3, artículo 4).
El Título II organiza el régimen urbanístico del suelo. El artículo 80 trata el suelo urbanizable programado (artículo 80). En los ámbitos que requieren planeamiento derivado, el artículo 13 se refiere a los planes parciales de ordenación (artículo 13). Antes de aplicar una ordenanza detallada hay que saber si la parcela tiene ordenación directa o depende de un instrumento posterior.
El Título IV concentra las reglas que más se consultan en suelo urbano: usos, aparcamiento, tipos de ordenación, calificaciones zonales, edificabilidad, altura, ocupación y separaciones. El artículo 273 clasifica los usos permitidos y otras categorías de uso (artículo 273). El artículo 314 enumera las calificaciones zonales (artículo 314).
La protección del patrimonio se apoya en el artículo 20, que encarga promover catálogos y planes especiales de protección (artículo 20). El artículo 75 remite a las ordenanzas locales y al Catálogo (artículo 75), y en el artículo 46, que pide documentación adicional en las licencias sobre esos edificios (artículo 46). La comprobación patrimonial va después de identificar la zona, pero puede cambiar las condiciones de intervención.
Principales temas regulados
Clasificación, calificación y tipo de ordenación
El primer dato de una parcela es su localización en los planos de ordenación. El artículo 9 fija el código de identificación que aparece en los planos para cada sistema y zona (artículo 9). La calificación zonal se consulta en el artículo 314 y el tipo de ordenación en los artículos 69 y 72. En suelo urbano, la aplicación detallada del Título IV se articula mediante el artículo 222 (artículo 222).
Usos y número de viviendas
El artículo 273 separa los usos permitidos de los compatibles, condicionales, condicionados, temporales y provisionales. El artículo 307 contiene una regla propia de Castelldefels: en las zonas con claves 20a/10 y 20a/11 queda excluido el uso residencial, salvo el alojamiento temporal de hotel (artículo 307). El número de viviendas también está limitado: el artículo 318 lo fija para la subzona de sustitución del núcleo antiguo (artículo 318), y la disposición adicional tercera condiciona las licencias que aumenten el número de viviendas a reservar suelo para zonas verdes y equipamientos y a ceder parte del incremento de aprovechamiento (disposición adicional tercera). La compatibilidad de un uso no resuelve por sí sola las condiciones de edificación ni las reservas de aparcamiento.
Edificabilidad, ocupación y altura
El Plan define la edificabilidad mediante índices y superficies de techo. El artículo 71 distingue, entre otros, el índice de edificabilidad zonal o bruta, la superficie de techo edificable, la envolvente máxima, el índice de edificabilidad neta y el índice complementario zonal (artículo 71). En la zona de edificación aislada 20a, el artículo 340 fija un índice de edificabilidad neta para cada subzona y rebaja el de la subzona unifamiliar más intensa en las parcelas de superficie inferior a la mínima (artículo 340).
La altura y el número de plantas también dependen de la zona. En el núcleo antiguo, el artículo 320 relaciona la altura reguladora y el número máximo de plantas de la subzona de sustitución con el ancho del vial, limita la altura en los solares de fachada estrecha y, en la subzona de conservación del centro histórico, toma como referencia la media de las edificaciones existentes del tramo (artículo 320). No es una regla general para todo Castelldefels.
Retranqueos y edificación aislada
En la edificación aislada, la parcela se analiza mediante ocupación, altura, edificabilidad y separaciones a linderos. El artículo 342 regula las condiciones de las subzonas plurifamiliares y el artículo 343 las de las subzonas unifamiliares (artículo 342, artículo 343). Ambos fijan, para cada subzona, la separación al frente, a los laterales y al fondo y entre edificaciones de una misma parcela. Son valores asociados a cada subzona, no una regla única para la zona 20a.
Aparcamientos y movilidad
El artículo 298 trata la previsión de aparcamientos en los edificios y el artículo 299 establece reglas sobre esa previsión (artículo 298, artículo 299). El artículo 299 deja fuera de las modificaciones de ambos artículos el barrio de Vista Alegre, pendiente de un estudio específico, y la avenida Santa Maria, donde no se obliga a situar los aparcamientos en la propia finca. El artículo 300 completa las condiciones de los aparcamientos, entre ellas la anchura de los accesos y, en edificación aislada, un único acceso de vehículos por parcela (artículo 300). El artículo 301 remite las condiciones técnicas de construcción a las ordenanzas (artículo 301).
Aspectos clave del PGOU de Castelldefels
La ordenanza se obtiene cruzando plano y articulado. En edificación aislada se consultan, según subzona y parámetro, los artículos 246 y 249 (artículo 246, artículo 249). En alineación a vial, el artículo 236 reúne alineación, profundidad edificable y altura (artículo 236).
En el núcleo antiguo, la anchura de la calle afecta a altura, plantas y cuerpos salientes. El artículo 229 regula los cuerpos salientes y el artículo 230 su vuelo máximo, salvo en el núcleo antiguo, que tiene normativa especial (artículo 229, artículo 230). Esa normativa está en el artículo 320, que solo admite en la subzona de sustitución los salientes que enumera, algunos ligados al ancho de la calle. En una reforma o ampliación, también debe comprobarse si el edificio está fuera de ordenación o es disconforme, porque el artículo 222 diferencia las obras que pueden realizarse en cada situación.
¿Cómo consultar e interpretar el PGOU?
La secuencia de consulta evita aplicar parámetros de una zona a otra. Empieza por obtener la información urbanística oficial de la finca. La Ley de Urbanismo de Cataluña reconoce el derecho a recibir información escrita sobre el régimen aplicable en su artículo 103.5 y regula los certificados de régimen urbanístico en el artículo 105.2 (artículo 103, artículo 105).
Después localiza la parcela en los planos y anota su clasificación y calificación zonal. El artículo 59 de la misma ley identifica documentación de los planes de ordenación urbanística municipal (artículo 59). Con el código de zona, consulta el tipo de ordenación, la regulación de usos y la ficha de parámetros. Si el suelo requiere desarrollo posterior, revisa el plan parcial o el instrumento indicado por el PGOU antes de calcular la edificabilidad.
La lectura termina con los cruces sectoriales. El artículo 300 se remite al CTE para el tramo de acceso y espera de los aparcamientos. La disposición adicional séptima remite la implantación de establecimientos comerciales a la normativa de comercio (disposición adicional séptima). La disposición transitoria decimocuarta relaciona la instalación de ascensores en edificios existentes con la normativa sectorial de accesibilidad, incendios y eficiencia energética (disposición transitoria decimocuarta).
Qué necesitas saber primero para una parcela
- Obtén el certificado o la cédula urbanística y comprueba el régimen escrito de la finca.
- Localiza la parcela en los planos de ordenación.
- Identifica la clasificación del suelo y la calificación zonal.
- Comprueba si la ordenación es directa o si remite a un plan parcial, estudio de detalle u otro desarrollo.
- Identifica el tipo de ordenación: alineación a vial, edificación aislada o volumetría específica.
- Consulta en la ordenanza los usos, la edificabilidad, la altura, la ocupación y las separaciones.
- Revisa las reservas de aparcamiento, las afectaciones sectoriales y si el edificio está catalogado o afectado por un plan especial de protección.
Preguntas frecuentes sobre el PGOU de Castelldefels
¿Cómo sé qué ordenanza se aplica a una parcela?
Consulta el plano de zonificación y localiza el código de la parcela, cuyo significado fija el artículo 9. Ese código remite a una zona o subzona de las Normas Urbanísticas. El artículo 314 es la referencia para las calificaciones zonales; el artículo 72 ayuda a identificar el tipo de ordenación asociado a cada zona.
¿Dónde consulto la edificabilidad?
Primero identifica la zona y la subzona. El artículo 71 explica los conceptos de índice bruto, índice neto y superficie de techo, y el artículo 340 concreta la edificabilidad de las subzonas de edificación aislada.
¿La altura máxima es igual en todo el municipio?
No. Depende de la ordenanza y del tipo de ordenación. En el núcleo antiguo, el artículo 320 la relaciona con el ancho del vial. En otras zonas se aplican las condiciones de la subzona correspondiente, como los artículos 342 y 343 para la edificación aislada.
¿Qué diferencia hay entre alineación a vial y edificación aislada?
En la alineación a vial, la edificación sigue la línea de fachada definida por el vial y se consultan parámetros como profundidad y altura. En la edificación aislada, el edificio se sitúa exento dentro de la parcela y se comprueban ocupación y separaciones. El artículo 69 define ambos tipos y el artículo 72 los asocia a cada zona, con desarrollo en los artículos 236 y 246.
¿Qué usos permite una zona?
La respuesta depende de la calificación zonal y de la regulación de usos del Título IV. El artículo 273 distingue usos permitidos, compatibles, condicionales, condicionados, temporales y provisionales. La compatibilidad debe leerse junto con los parámetros de la zona, con las reservas de aparcamiento y, en las subzonas unifamiliares, con el artículo 307.
¿Qué ocurre si el edificio existente no cumple todos los parámetros?
Hay que determinar si está fuera de ordenación o en situación de disconformidad. El artículo 222 regula la aplicación de las normas del suelo urbano y diferencia las obras admisibles en esos supuestos. La respuesta depende de la causa de la falta de ajuste y de las condiciones concretas del inmueble.
¿Qué aparcamiento debo prever para viviendas?
Consulta el artículo 298, que regula la previsión de plazas, y completa la revisión con los artículos 299 y 300. En suelo urbano, el artículo 298 distingue entre subzonas plurifamiliares y unifamiliares y gradúa la dotación según la superficie de cada vivienda. Los equipamientos esenciales están exentos según la disposición adicional sexta (disposición adicional sexta).
¿Dónde se comprueban las dimensiones de las plazas y de los accesos?
El artículo 298 fija la superficie mínima por plaza, incluidas rampas y áreas de maniobra, y el artículo 297 la de cada plaza de estacionamiento en los planes (artículo 297). La anchura de los accesos está en el artículo 300 y las demás condiciones técnicas, en las ordenanzas a las que remite el artículo 301.
¿Qué debo revisar si el edificio está protegido?
Comprueba si está catalogado o afectado por un plan especial de protección (artículos 20 y 75). En una licencia de derribo, reforma o ampliación, el artículo 46 exige indicarlo y aportar memoria, planos y fotografías del estado actual. En la zona de conservación de la estructura urbana y edificatoria, el artículo 329 orienta la ordenación a mantener las condiciones actuales y el artículo 332 fija los criterios de sus planes especiales (artículo 329, artículo 332). La protección puede añadir condiciones a las reglas ordinarias de la zona.
Consultas habituales y casos de uso
Reforma de un edificio disconforme
La consulta debe empezar por el artículo 222. Comprueba si el inmueble está fuera de ordenación o es disconforme y relaciona esa situación con el tipo de obra prevista. Para un aumento de volumen, el artículo 222 lo excluye cuando la disconformidad deriva del tipo de ordenación o cuando el edificio ya iguala o supera el techo permitido para la parcela o la ocupación máxima de la zona.
Ampliación en una zona de edificación aislada
Localiza la subzona y consulta los artículos 340, 342 o 343, según el parámetro que necesites justificar. El cálculo debe cruzar edificabilidad, ocupación, altura y separaciones.
Proyecto en el núcleo antiguo
Identifica el ancho del vial y consulta el artículo 320 para la altura reguladora y el número de plantas. Si el proyecto incorpora balcones u otros cuerpos salientes, revisa las excepciones del mismo artículo 320 y la regla general de los artículos 229 y 230. La anchura de la calle puede afectar a más de un parámetro.
Nueva construcción con aparcamiento
Consulta primero la dotación del artículo 298 en función del uso, la superficie y la subzona. Después revisa las reglas de acceso del artículo 300. Si la parcela está en edificación aislada, ese artículo exige un único acceso de vehículos y que las plazas exigidas se sitúen dentro de la edificación, con reglas especiales para parcelas pequeñas.
Instalación de un ascensor en un edificio existente
La disposición transitoria decimocuarta es el punto de partida del PGOU. Se aplica a edificios de vivienda plurifamiliar cuando la instalación queda dentro de la finca; en la vía pública exige una modificación del Plan. El proyecto debe justificar que no cabe en el interior y que el nuevo volumen no resta luz ni ventilación. Su consulta debe cruzarse con la normativa sectorial de accesibilidad, incendios y eficiencia energética que la propia disposición menciona.
Conceptos clave del PGOU de Castelldefels
El artículo 223 define conceptos generales de la edificación, entre ellos parcela, solar, planta baja, planta subterránea, planta piso, cuerpos salientes, elementos salientes y patios (artículo 223). El artículo 236 concreta conceptos vinculados a la alineación a vial, como línea de fachada, ancho de vial, altura reguladora máxima, número máximo de plantas, medianera, profundidad edificable y retranqueo.
La parcela es suelo urbano edificable y el solar reúne condiciones de superficie y urbanización para edificar de inmediato, según el artículo 223. El índice neto relaciona el techo edificable con el suelo privado después de las cesiones, conforme al artículo 71.
El artículo 277 define el uso residencial e incluye alojamientos comunitarios, alojamiento temporal y residencia móvil (artículo 277). El artículo 295 diferencia estacionamiento y aparcamiento (artículo 295).
Resumen
El PGOU de Castelldefels se consulta como una cadena: información urbanística, plano de ordenación, clasificación y calificación, tipo de ordenación, ordenanza y parámetros concretos. El Título II aporta el régimen del suelo y los conceptos de edificabilidad; el Título IV resuelve buena parte de las condiciones del suelo urbano, y los artículos 20, 46 y 75 enmarcan la protección de edificios catalogados. Los artículos 273, 298, 300, 320, 340, 342 y 343 concentran las consultas frecuentes, y los artículos 299 y 307 recogen reglas propias de Castelldefels. La respuesta final puede requerir también la Ley de Urbanismo de Cataluña, el CTE, la normativa sectorial y las ordenanzas metropolitanas o municipales a las que remite el propio Plan.