La Normativa Urbanística del Plan General de Ordenación Urbana de Sant Boi de Llobregat es el conjunto de reglas que ordena el territorio, los usos y la edificación del municipio, que forma parte del territorio de la Entidad Municipal Metropolitana de Barcelona (artículo 1). El texto combina régimen del suelo, calificación de parcelas, condiciones de edificación, usos y sistemas urbanos. Para una parcela concreta, la consulta empieza en los planos de ordenación y termina en la ordenanza o subzona que fija sus parámetros.
¿Qué es la normativa urbanística del PGOU de Sant Boi de Llobregat?
El documento corresponde a las normas del Plan General Metropolitano aplicadas a Sant Boi de Llobregat. Su artículo 1 sitúa el objeto en la ordenación urbanística del territorio que integra la Entidad Municipal Metropolitana y explica que estas Normas, junto con los demás documentos que exige la Ley del suelo, integran el plan.
La norma no se limita a decir qué se puede construir. Ordena la lectura que debe hacerse antes de proyectar: qué clase de suelo afecta a la parcela, qué zona aparece en los planos, qué uso admite esa zona y qué condiciones de volumen, altura, ocupación o separación resultan aplicables. En suelo urbano, la regulación detallada del uso y la edificación se articula en el Título IV. El artículo 222 explica la aplicación de las normas de ese título tanto al suelo urbano como al suelo urbanizable que se incorpore al proceso urbano.
El plan también contiene reglas para situaciones que no encajan en la ordenación ordinaria. En suelo urbanizable no programado, los artículos 131 y 142 limitan los usos mientras no se aprueben los programas de actuación. El artículo 193 recoge una excepción concreta a la limitación de inedificabilidad ferroviaria en determinadas condiciones. Son matices de aplicación, no reglas generales para cualquier parcela.
¿Qué regula el PGOU?
Régimen urbanístico del suelo
El Título II separa las disposiciones comunes, el régimen del suelo urbano, el suelo urbanizable programado, el suelo urbanizable no programado y el suelo no urbanizable. El artículo 78 trata el suelo urbano y el artículo 80 el suelo urbanizable programado. Esta clasificación es el primer filtro de la consulta, porque no se aplican las mismas reglas a una parcela urbana que a un ámbito pendiente de desarrollo.
El plan distingue también zonas y tipos de ordenación. El artículo 72 relaciona los tipos de ordenación con cada zona. El artículo 71 fija conceptos sobre edificabilidad, entre ellos la relación entre techo edificable y superficie de suelo. Esa distinción permite no confundir edificabilidad bruta o zonal con edificabilidad neta de parcela.
En el suelo urbanizable programado, el artículo 88 delimita las zonas de centros direccionales, desarrollo urbano de intensidad 1 y 2 y desarrollo industrial. El artículo 103 fija las determinaciones del plan parcial en uno de esos centros direccionales; el artículo 111 trata el tipo de desarrollo de la edificación. Para las actuaciones mediante programas de actuación urbanística, la referencia es el artículo 132.
Usos, edificación y sistemas
La regulación urbana detallada concreta los usos y los parámetros físicos. El artículo 276 regula el uso de vivienda y el artículo 277 define el uso residencial, que comprende alojamientos comunitarios, hoteles y similares. La elección de zona es previa: el uso permitido no se obtiene solo por mirar el edificio existente, sino por relacionar la calificación de la parcela con la ordenanza correspondiente.
En la zona de edificación aislada 20a, el artículo 314 distingue subzonas plurifamiliares y unifamiliares. El índice de edificabilidad neta de cada subzona está en el artículo 340, y la parcela mínima, la ocupación, la altura y las separaciones a linderos, en los artículos 342 y 343. Los valores cambian de una subzona a otra y no son una regla trasladable a todo Sant Boi.
La zona industrial 22a ofrece otro ejemplo de por qué la ordenanza debe identificarse antes de utilizar un valor. El artículo 350 distingue los sectores con plan parcial aprobado de los que carecen de él, fija la edificabilidad y la ocupación según el tipo de ordenación y hace depender la altura y el número de plantas del ancho del vial.
El plan regula asimismo la conservación de la estructura urbana, los espacios libres, las redes y las infraestructuras. En la zona 15, mientras no se apruebe el plan especial, el artículo 330 ajusta las obras a la estructura del conjunto: la altura de la mayoría de los edificios, la alineación predominante, la ocupación preexistente y un límite de intensidad para las parcelas sin edificar. El Título III regula los sistemas; el artículo 167 trata los sistemas locales.
Protección del patrimonio cultural
La protección de los edificios y conjuntos de interés se apoya en catálogos y planes especiales. El artículo 20 encarga a la Corporación Metropolitana y a los ayuntamientos promover su inclusión en catálogos y aprobar planes especiales de protección, y el artículo 46 exige documentación adicional en las licencias que afectan a edificios de carácter artístico, histórico, típico o tradicional. En la zona de verde privado protegido (8a), el artículo 345 solo permite aumentar la edificabilidad existente con obras compatibles con el carácter protegido del edificio y de sus jardines, y condiciona los usos admitidos a la protección del Plan especial de protección del patrimonio arquitectónico y su catálogo. El artículo 345bis exige un plan especial específico en esa zona para supuestos como implantar dos o más de esos usos en una misma parcela. En una intervención sobre un inmueble protegido, esta comprobación se hace antes de aplicar sin más los parámetros ordinarios de la zona.
Aspectos clave para una parcela
La consulta de una parcela puede ordenarse así:
- Localiza la parcela en los planos de ordenación y distingue el suelo urbano, urbanizable o no urbanizable, con la estructura del Título II.
- Consulta los planos b1, donde el artículo 78 sitúa la delimitación del suelo urbano, los ámbitos de reforma interior y las unidades de actuación.
- Obtén el código de zona de la parcela e interprétalo con el artículo 9, que relaciona cada clave con su sistema o zona.
- Comprueba las líneas de separación de la unidad de zona, según el artículo 65.
- Relaciona el código con el tipo de ordenación del artículo 63 y del artículo 72, y después abre la sección de la zona.
- Verifica uso, edificabilidad, ocupación, altura, plantas y separaciones en la ordenanza específica.
- Si existe una edificación, revisa si está fuera de ordenación o es disconforme con la ordenación, conforme al artículo 222.
- Comprueba la condición de solar y los elementos de urbanización; el artículo 51 contempla la licencia condicionada a completar la urbanización.
¿Cómo consultar e interpretar el documento?
La estructura sigue cuatro títulos. El Título I reúne disposiciones generales y desarrollo del plan. El artículo 23 se ocupa de la documentación específica de los planes de promoción privada, que deben incluir un anexo a la memoria. El Título II ordena el régimen del suelo. El Título III trata los sistemas. El Título IV contiene la reglamentación detallada del suelo urbano, con disposiciones comunes a los tipos de ordenación, régimen de usos y zonas.
La normativa se completa con disposiciones transitorias, adicionales y finales. Entre las adicionales aparecen reglas sobre aspectos constructivos, equipamientos y reservas de aparcamiento; la disposición adicional quinta, por ejemplo, exime a los equipamientos esenciales de las reservas de aparcamiento del artículo 298. Las transitorias tratan, entre otros asuntos, las edificaciones en parques forestales, la legalización de urbanizaciones y edificaciones industriales, las licencias anteriores y los instrumentos de planeamiento previos (disposición transitoria decimocuarta). Para no perderse, conviene empezar por el plano y terminar en el artículo de la zona, no abrir artículos aislados por palabras clave.
La propia norma remite a regulación externa en materias que no desarrolla. La disposición adicional primera remite los aspectos constructivos, técnicos, sanitarios, de seguridad y de régimen de servicios a las ordenanzas metropolitanas y, mientras no se aprueben, a las ordenanzas municipales de cada municipio o, si no existen, a las Ordenanzas municipales de Barcelona. Para las zonas de volumetría específica sin planeamiento anterior aprobado, el artículo 334 exige planes especiales concordantes con las ordenanzas metropolitanas de edificación y sus anexos.
Preguntas frecuentes sobre el PGOU de Sant Boi de Llobregat
¿Cómo sé qué ordenanza se aplica a una parcela?
Debes identificar primero la parcela en los planos de ordenación. Los planos b1 sitúan el suelo urbano y las unidades de actuación, según el artículo 78; los planos de ordenación muestran la clave de la parcela, que se interpreta con el código del artículo 9. Después se consulta el artículo y la sección correspondientes a ese código.
¿La altura depende del ancho de la calle?
En algunas zonas sí. Para la subzona II semiintensiva, el artículo 328 relaciona el ancho del vial con la altura reguladora máxima y el número de plantas mediante un cuadro. Ese cuadro solo sirve para esa subzona: la subzona intensiva tiene el suyo en el artículo 327 y la zona industrial sin plan parcial, en el artículo 350.
¿Qué edificabilidad tiene una parcela?
La respuesta sale de la ordenanza de zona, no de un valor único para el municipio. El artículo 71 define los conceptos de edificabilidad, el artículo 340 fija el índice de cada subzona de edificación aislada y, en la zona 15, el artículo 330 limita la intensidad de las parcelas sin edificar mientras no haya plan especial.
¿Qué diferencia hay entre una edificación fuera de ordenación y una disconforme?
El artículo 222 separa ambas situaciones. En una edificación fuera de ordenación, que el plan destina a expropiación, cesión o derribo, solo se permiten pequeñas reparaciones de higiene, ornato y conservación. En una edificación disconforme pueden admitirse obras de consolidación, reparación, modernización, rehabilitación e incluso aumento de volumen bajo las condiciones del propio artículo.
¿Dónde se consultan la ocupación y los retranqueos en edificación aislada?
El artículo 249 define cómo se mide la ocupación y el artículo 252 las separaciones mínimas. Los valores de cada subzona están en el artículo 342 para las plurifamiliares y en el 343 para las unifamiliares. Antes de aplicarlos debes confirmar la subzona exacta.
¿Qué límites tiene la zona industrial 22a?
El artículo 350 distingue dos situaciones. Si la zona cuenta con plan parcial aprobado, se rige por él, con límites de intensidad y ocupación que dependen del tipo de ordenación del sector. Si carece de él, el artículo fija la edificabilidad, la ocupación, la parcela mínima y una altura que cambia con el ancho del vial, por lo que no debe usarse un valor sin comprobar esas condiciones.
¿Cómo se regulan los patios de ventilación y los patios de luces?
El artículo 234 regula los patios de ventilación y el artículo 233 los patios de luces o celoberts. En ambos casos, la dimensión mínima depende de la altura: el patio debe permitir inscribir un círculo proporcional a ella y alcanzar la superficie mínima que la tabla del artículo asigna según el número de plantas.
¿Puedo cerrar un balcón o construir una tribuna?
Los cuerpos cerrados o semicerrados computan a efectos de edificabilidad y superficie de techo. El artículo 229 los prohíbe en planta baja en todos los tipos de ordenación, y en las zonas de densificación urbana los artículos 327 y 328 prohíben los cerrados o semicerrados en las calles más estrechas. La respuesta depende del tipo de cuerpo saliente, la planta, el ancho del vial y la zona aplicable.
¿Cuál es la profundidad edificable máxima?
El artículo 242 obtiene la profundidad edificable a partir de una figura semejante a la manzana cuya superficie libre debe alcanzar un porcentaje mínimo, distinto en el núcleo antiguo y en la densificación urbana, y fija además un límite máximo absoluto. El mismo artículo exige una separación mínima entre fachadas interiores en función del número de plantas.
¿Qué ocurre si la parcela o el edificio están afectados por protección patrimonial?
Debes consultar el catálogo y el plan especial de protección antes de aplicar las condiciones ordinarias. El artículo 20 prevé los catálogos y planes especiales de protección, el artículo 46 añade documentación a la licencia y, en la zona de verde privado protegido, los artículos 345 y 345bis vinculan la edificabilidad y los usos al carácter protegido del edificio y de sus jardines.
Consultas habituales y casos de uso
Reformar un edificio que no encaja en los parámetros actuales
La primera consulta es el artículo 222, para distinguir fuera de ordenación y disconformidad. Después se contrasta la obra prevista con el régimen de la zona, porque la situación del edificio no sustituye a la ordenanza. Si el edificio está catalogado o en la zona de verde privado protegido, se revisan también el catálogo y los artículos 345 y 345bis.
Justificar la superficie y el volumen de un proyecto
Consulta el artículo 71 para el concepto de edificabilidad y el artículo 246 para los parámetros empleados en la edificación aislada. A continuación, busca la sección de la zona y los artículos específicos de sus condiciones de edificación. En una subzona residencial, la superficie de techo, los cuerpos salientes y la ocupación pueden alterar el resultado del cálculo.
Comprobar qué uso admite un local en planta baja
Empieza por el artículo 225, que define la planta baja según el tipo de ordenación y regula su altura libre y los altillos. Después consulta los usos de la zona: el artículo 302, por ejemplo, admite el comercio en la planta baja de los edificios plurifamiliares del núcleo antiguo con un límite de superficie por local. Si el local pasa a vivienda, el artículo 276 regula ese uso y el artículo 42 sujeta a licencia la modificación del uso de los edificios.
Revisar una actividad por ruido, vibraciones o riesgo ambiental
El artículo 74 permite localizar la regulación de licencias vinculada a contaminación atmosférica, ruidos, vibraciones o riesgo de incendio. Para los locales industriales, el artículo 289 trata los límites máximos de cada categoría y establece cómo se miden los límites sonoros. El expediente debe relacionar el uso y el emplazamiento con la regulación sectorial que corresponda.
Preparar una licencia cuando falta urbanización
Comprueba primero si la parcela reúne las condiciones de solar y revisa el artículo 51. La licencia condicionada no cabe si lo que falta es el acceso rodado, el abastecimiento o la evacuación de aguas o la red eléctrica de baja tensión, y exige garantizar la ejecución simultánea o sucesiva de las obras de urbanización. La comprobación se integra en la documentación del caso concreto.
Conceptos clave del documento
El artículo 223 funciona como glosario de edificación. Define parcela, solar, planta baja, planta subterránea, planta piso, cuerpos salientes, elementos salientes, celoberts y patios de ventilación. En castellano, conviene conservar el término del documento "celobert" cuando se consulte directamente el texto, pero explicarlo como el espacio no edificado destinado a iluminación y ventilación.
El artículo 71 reúne conceptos de edificabilidad: índice de edificabilidad zonal o bruta, superficie de techo edificable, envolvente máxima de edificación, índice de edificabilidad neta e índice de edificabilidad complementaria zonal. El artículo 295 distingue estacionamiento y aparcamiento. Estos términos no son intercambiables cuando el artículo aplicable utiliza uno de ellos para fijar una condición concreta.
Resumen
La normativa urbanística del PGOU de Sant Boi de Llobregat se consulta en una secuencia: clasificación del suelo, código de zona, tipo de ordenación y parámetros de la subzona. El plan regula usos, edificabilidad, ocupación, altura, plantas, retranqueos, patios y sistemas urbanos. Sus valores siempre dependen del ámbito concreto: la edificación aislada 20a, la zona industrial 22a, la subzona II o la zona 15 tienen reglas distintas. Para una reforma o una obra nueva, el artículo 222 ayuda a situar el edificio existente, los artículos de la zona fijan las condiciones físicas y los artículos 20, 46, 345 y 345bis introducen el filtro patrimonial cuando procede.